Lightview para Wordpress
Comparte este artículo:
Enviar por E-mail
Llevaba ya tiempo trasteando con algunos plugins para mostrar en Wordpress galerÃas de imágenes y videos. Hasta la fecha habÃa probado Lightbox, Lightbox2, videobox…
TenÃa el problema de que estos plugins de imágenes y videos no eran compatibles entre si. Es decir que o mostrabas las imágenes o los videos, pero ambos plugins no se podÃan usar simultaneamente.
Este problema ha desaparecido gracias a Lightview. Este potentÃsimo y curradÃsimo plugin permite mostrar un amplio abanico de contenidos multimedia.
Desde su versión 2.0 Lightview permite mostrar, no sólo galerÃas de imágenes mediante el conocido método de “overlay” (es decir oscureciendo la página desde la que se carga la galerÃa y sacando una ventana emergente con el contenido que se quiere mostrar), sino que también puede mostrar videos (de varios formatos como Quicktime, flash…), páginas web y otros muchos formatos.
El JS original de Lightview es un proyecto de Nick Stakenburg.
Lo podéis descargar desde el siguiente enlace Lightview for WordPress (v2.2.6) 2008-04-20
La instalación del plugin es tan sencilla como subir la carpeta “lightview” (que os aparecerá después de descomprimir el fichero que os habréis descargado) a /wp-content/plugins/ activándolo después.
A continuación os pongo algunos ejemplos de uso con los contenidos más habituales. Si necesitáis más información acerca del plugin aquà está su página oficial.
<a href="foobar.jpg" class=”lightview”>foobar</a><a href="foo.jpg" class=”lightview” rel=”gallery[foobar]“>foo</a><a href="bar.jpg" class=”lightview” rel=”gallery[foobar]“>bar</a><a href="quicktime.mov" class=”lightview” title=”">QuickTime</a><a href="flash.swf" class=”lightview” title=”Title::::width:320,height:240“>video</a> <a href="http://www.google.com" class=”lightview” title=”Title::Description::fullscreen:true“>Google</a>Â
Por favor, si te ha gustado este artículo puntúalo.
493 veces visto Comparte este artículo:
Enviar por E-mail

(4 votos emitidos, valoración del artÃculo: 4 sobre 5)